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Martes, 09 Septiembre 2008 05:43

¿De quien era PLUNA antes de LeadGate, estatal o privada?

 por la Dra. Crsitina Casciano
El Ministro Victor Rossi a propósito del presupuesto quinquenal 2005-2009 compareció ante la Comisión de presupuestos de la Cámara de Senadores y con referencia al transporte aéreo expresó:

  En cuanto al transporte aéreo, somos partidarios de que la competencia en materia de política aeronáutica pase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Estamos preparando el proyecto de ley y los decretos -ya los hicimos conocer al Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea- para promover, si los legisladores lo acompañan, el pasaje de la responsabilidad de la conducción política del transporte aeronáutico al Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
En esa materia tenemos una empresa vinculada al Ministerio: PLUNA. Como los señores Diputados saben -ya hemos informado al Parlamento específicamente sobre esta empresa-, el 27 de junio venció la gestión de la empresa VARIG al frente del PLUNA, reasumiéndola el Estado uruguayo. Estamos negociando con VARIG la recuperación de las acciones de PLUNA que aún mantiene. Existe una situación de endeudamiento que compromete mucho a PLUNA, pero estamos manejando diversas opciones para la empresa. Es muy difícil que hoy PLUNA pueda desarrollarse como empresa en la realidad del transporte aeronáutico -no solo por motivos económicos-, pero tiene valores muy importantes desde el punto de vista de sus derechos adquiridos y de su trayectoria, que pueden hacerla apetecible para muchos futuros socios posibles. Estamos teniendo una serie de entrevistas de distinto tipo para ver si los posibles interesados podrían hacerse cargo de las acciones que actualmente pertenecen a VARIG o si tenemos que encontrar otra forma, que inclusive puede pasar por un llamado a interesados, según la solución que se encuentre con VARIG. Obviamente, como se comprenderá, en la medida en que aparecen interesados con mayor fuerza, VARIG fortalece su posición respecto a la cuota parte de sus acciones y, en la medida en que esas posibles asociaciones alternativas se desvanecen, encontramos condiciones más razonables para discutir con VARIG. El asunto es que estas idas y venidas, esta negociación necesaria, se está haciendo al borde de la cornisa; han visto la información actual y, por cierto, no voy a desconocer ante ustedes que la realidad de PLUNA es muy comprometida. Por lo tanto, estamos manejado un equilibrio muy difícil y creemos que hay posibilidades de llegar a un buen fin; a lo mejor, a un muy buen fin.
(corresponde a versión taquigráfica del 20-9-05)

A esa fecha, y como lo establece el  Ministro se estaba renegociando con Varig la recuperación de las acciones de Pluna SA, como asimismo se debían asumir las obligaciones pendientes con  la aerolínea brasileña
 A efectos de evitar que Pluna SA incurriera en la causal de disolución prevista en el artículo. 159 de la ley 16060, es decir la quiebra, Pluna Ente Autónomo se comprometió en la Asamblea Extraordinaria de Accionistas de fecha 24-08-06 a aportar el monto suficiente para efectivizar el reintegro de capital de forma de dejar sin efecto la causal de disolución y permitir la continuidad de la empresa Por acta de Asamblea de 27 de noviembre de 2006 se cuantificó el monto, procediendo posteriormente a la desvinculación de Varig de la Sociedad Anónima
Al 31 de diciembre de 2006, la participación de Pluna Ente Autónomo en Pluna SA, era de un 48,69% del capital social integrado. Dicha participación representaba el 92% del total del patrimonio del Organismo, con valor negativo

El gobierno central aportó parte del dinero para la integración de acciones en Pluna SA
Y en sesión de 3 de 11 de 2006 del Directorio de Pluna Ente Autónomo aprobó  y autorizó a suscribir el acuerdo Transaccional entre Pluna Ente, Pluna SA y Varig SA estableciendo  que las dos primeras no tenían nada que reclamar a Varig SA, como operador principal de Pluna SA y liberándola de toda responsabilidad, por su parte Varig S.A., remite el crédito de que es titular contra Pluna Ente Autónomo, incluyendo capital e intereses totales y todo otro concepto que se adeude por si mismo y por ese mismo acuerdo Pluna da por extinguidas todas la garantías  otorgadas por Varig SA
De acuerdo a esta información debemos concluir que Pluna Ente Autónomo volvió a tener el 100% de las acciones de Pluna SA. Es decir estaríamos ante una situación jurídica muy especial. El Estado al haber desvinculado al Socio mayoritario en la sociedad comercial, volvió a través de Pluna Ente Autónomo a detentar el 100% de las acciones de Pluna SA
Este hecho, no es menor pues el Estado o Pluna Ente Autonomo pasaron a tener la propiedad de todas las acciones de la sociedad comercial y también todo su pasivo.

Esto nos lleva a concluir que antes de la asociación con Leadgate, si bien existía una sociedad comercial, Pluna Ente era el único  que detentaba las acciones. Ya entonces no estamos hablando de una sociedad de economía mixta, sino de una recuperación por parte del Estado de una sociedad comercial, producto de una asociación de un ente autónomo con privados que no resultó exitosa. Entonces es de dudosa certeza jurídica decir que antes de la sociedad con Leadgate , Pluna SA era una empresa privada. Si podía seguir formalmente existiendo como una empresa privada, pero su aporte era exclusivamente estatal.
En otras palabras Pluna volvió al Estado, y con una situación altamente deficitaria.
Luego se encomienda a Pluna SA la búsqueda de un socio, y posteriormente de diversas negociaciones con distintos grupos se celebra el acuerdo entre Pluna Ente Autónomo , El Estado Uruguayo, Pluna SA y Leadgate mediante el cual Pluna Sa se obliga a otorgar derecho de  suscripción de acciones a favor de los nuevos accionistas y estos se obligaron a suscribir las acciones por un total del  75% del capital de Pluna SA.
De esta forma el Estado, consiguió salir de una situación caótica en que se encontraba Pluna y que según describe informe de la Auditoria General de la Nación de fechas 26 de diciembre de 2005, los Directores representantes del Estado en Pluna hicieron lo posible para el mantenimiento del patrimonio de la empresa, cuestionando y objetando decisiones de la Gerencia General., y de Varig, que obtuvo siempre mayoria actuando con los accionistas minoritarios no estatales, Además Varig a través del contrato de gerenciamiento tuvo casi el total poder de la compañía y  con el correr del tiempo se transformó en uno de los principales acreedores de Pluna SA, a causa de los contratos de arrendamientos de aeronaves . y  a su vez por ser en ese momento uno de los principales competidores por explotar las mismas rutas aéreas que explotaba Pluna SA. Ese informe nos habla también de las enormes pérdidas de Pluna por el no cobro de dividendo , por la depreciación de la moneda y por el incremento continuo y permanente del combustible.

¿Porque nos decidimos a investigar y repasar todo lo acontecido con esta Asociación de Pluna con Varig?, porque nos parece que  hoy estamos viendo la misma película pero que lamentablemente ya sabemos su final, o por lo menos hoy estamos advertidos de ciertas cosas, y si es necesario mantener la asociación con los nuevos accionistas de la aerolínea , prevenirnos en los acuerdos, contratos , leasings y arrendamientos que se otorgan al socio  haciendo uso de las cláusulas de salvaguarda, si es que existen.

Ya henos dicho de que existen muchos grupos que se dedican  a comprar deuda estresada, que no  invierten nada, o muy poco y que reestructurándola la venden multiplicando varias veces su inversión. E incluso intentando comprar el total del capital accionario, en posiciones débiles de la contraparte, para optimizar sus ganancias.
Si este fuera el caso, ya Pluna hace mucho que dejo de ser nuestra, pero lo que es peor el Estado fue el que garantizó el negocio del propio deudor. Esto no lo podemos comprender, como tampoco sabemos si existió un fideicomiso en garantía a favor del Estado por la compra de los aviones y quien es el fiduciario. Esperemos que esa figura no coincida también con el propio deudor.
Pero la buena noticia de este artículo es que si Pluna Sa compró todo el capital accionario de Varig , el Estado se constituyó como único dueño de la sociedad comercial, y debió entonces cumplir con lo dispuesto por el artículo 188 de la Constitución de la República, mayoría Estatal  en la constitución del Directorio, y mayoría en el capital accionario..
El Acuerdo está hecho.
Debe ajustarse  la  conducta  a derecho, intentando que en aras de la defensa de nuestra aerolínea y de los puestos de trabajo , no se continue con negocios que sean altamente  negativos no solo a la empresa sino a toda nuestra economía.-