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Jueves, 18 Marzo 2010 21:10

La pelea para que los supuestos responsables de la tragedia de Austral queden presos

por Maia Jastreblansky
Tras 12 años del accidente aéreo en el que murieron 74 personas, y cerca del juicio oral, los abogados de los familiares explicaron a  lanacion.com  los fundamentos por los cuales consideran que 27 directivos de la empresa y de la Fuerza Aérea deben ir a la cárcel; los riesgos de la prescripción de la causa.


El pedido de elevación a juicio de la causa por la tragedia de Austral, en la que murieron 74 personas, y la ratificación del fallo que responsabilizó a los directivos de la empresa y de la Fuerza Aérea, abrió una esperanza para los familiares de las víctimas, que hace más de 12 años buscan justicia.

El fiscal de la causa Eduardo Taiano solicitó la elevación a juicio del expediente y los abogados querellantes intentarán demostrar que los 27 procesados habían habilitado y puesto en operaciones un avión que carecía de una alarma que podría haber evitado la catástrofe.

Para que ello ocurra, resulta fundamental que se abra el juicio oral y público y se mantenga la calificación legal del procesamiento por "estrago doloso seguido de muerte", como falló en 2006 el por entonces juez de instrucción Jorge Ballestero.

"La compra de aviones viejos a Iberia fue una maniobra económica que da cuenta de la responsabilidad de los directivos", explicó a lanacion.com Silvina Rumachella, abogada que defiende a los familiares de las víctimas.

Es que, si el tribunal entiende que no hubo dolo, -como ocurrió en el caso Lapa, donde se condenó por estrago culposo y todos los sentenciados quedaron libres - la causa estaría prescripta y el caso quedaría impune.

Las señales parecen positivas luego de que ayer la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal confirmara los procesamientos de directivos de la empresa Austral, de funcionarios de las áreas técnicas, de instructores de vuelo y también de responsables militares de la Dirección Nacional de Aeronavegabilidad (DNA), la Comisión Asesora de Licencias de Funciones Aeronáuticas Civiles (Calfac) y el Comando de Regiones Aéreas.

A todos se aplicó, con distintos grados de participación, la figura de "estrago doloso" contemplado en el artículo 190 de la tercera parte del Código Penal, que prevé penas de hasta 25 años de prisión. Ese artículo condena a quien "a sabiendas ejecutare cualquier acto que ponga en peligro la seguridad de una nave, construcción flotante o aeronave", y fija como agravante que el hecho "ocasionare la muerte" de alguna persona.

La causa cobró además nuevas dimensiones cuando ayer se ordenó al juzgado de primera instancia, ahora a cargo de Marcelo Martinez De Giorgi, que investigue también a tres funcionarios de la Fuerza Aérea que habian sido sobreseídos y se pidió las indagatorias de otras 23 personas presuntamente involucradas.

Ahora, los familiares ven más cerca la posibilidad de que se sancione a los eventuales responsables por la que fue la peor tragedia aerocomercial del país, en un proceso que estuvo plagado de dilaciones y que corre el riesgo de quedar prescripta.

La maniobra económica

Los abogados de los familiares de las víctimas intentan demostrar que el DC9-32 de Austral que el 10 de octubre cayó en Fray Bentos provocando la muerte de todos los pasajeros y tripulantes "era parte de un conjunto de aeronaves de descarte, o basura o chatarra".

En una presentación que forma parte del expediente al que tuvo acceso lanacion.com los letrados otorgaron documentación para probar que Iberia vendió a Austral aviones que integraban su flota en España, que, según ellos, "por su vetustez sólo podían ser canibalizados". Entre ellos se encontraba el siniestrado en Fray Bentos que al momento de la tragedia tenía 30 años de antigüedad.

"La compra de los aviones DC9-32 a la empresa Iberia por parte de la empresa Austral constituyó el iter-criminis para el siniestro acontecido el día 10 de octubre de 1997", argumenta el documento.

Según se indica en la presentación, a la polémica flota había pertenecido otro avión que en 1995 protagonizó la muerte de la azafata Lilian Almada, la joven que cayó al vacío cuando se abrió la puerta de la aeronave durante el trayecto entre Córdoba y Mendoza.

La alarma reglamentaria. Un segundo fundamento lo constituye la habilitación para operar de aquella flota por parte de la Fuerza Aérea Argentina. Las investigaciones arrojaron que el avión cayó en picada a una estancia uruguaya luego de que los pilotos decidieran extender los slats (partes móviles de las alas, que aumentan la sustentabilidad de las naves), en la creencia de que habían perdido velocidad.

El problema era que los velocímetros de la cabina les indicaban una marcación mucho menor que la real por una obstrucción en los llamados tubos pitot. Una luz que advirtiera sobre esa falla, cuya instalación era obligatoria, hubiera permitido a los pilotos conocer la verdadera velocidad.

"La instalación de dicha alarma en esas marcas y modelos de aeronaves resultaba obligatoria (y aún lo es) en la República Argentina", indica la presentación de la querella. Austral había obtenido de la Fuerza Aérea una prórroga para adecuarse a esa normativa.

Con este nuevo panorama judicial, los abogados esperan poder presentar de nuevo todas esas pruebas durante un proceso oral y público. Quizás, si se demuestra que el avión constituía una trampa mortal y que el accidente se podría haber evitado, los familiares de las 74 víctimas que perdieron su vida en el inconcluso vuelo de 1997 alcancen lo que ya calificaron como "una tardía y demorada justicia".


fuente: lanacion.com