Castrillo avaló con este nuevo dato su argumento de solvencia de la aerolínea y defendió así la preferencia de la compañía por la declaración de concurso voluntario en lugar del necesario, solicitado por la acusación.
El letrado de Air Madrid volvió a achacar responsabilidades al Ministerio de Fomento y reiteró que la suspensión de la licencia provocó que "la actividad de la empresa se volviera legalmente imposible" lo que indujo a la empresa a una declaración "forzosa de insolvencia".
La defensa de Air Madrid negó reiteradamente la insolvencia de la compañía "necesaria" para la declaración de concurso, según establece la Ley Concursal, y afirmó que, a fecha de 18 de diciembre, la empresa disponía de una disponibilidad bancaria de 3 millones de euros, que sumados a los 13 millones de euros bloqueados a Air Madrid por el Organismo Internacional de Tráfico Aéreo (IATA) y varias entidades financieras "por la decisión de Fomento" prueban que la aerolínea "nunca se ha encontrado en situación de insolvencia", afirmó Castrillo.
Air Madrid apoyó sus argumentos presentado como pruebas documentales el balance de la compañía a fecha de 10 de noviembre de 2006, varias certificaciones de pagos bancarios a fecha de 18 de diciembre, un número indeterminado de extractos de cuentas bancarias y los resultados de los ejercicios contables de los años 2003, 2004 y 2005.
Por su parte, los letrados de la acusación alegaron que el balance realizado por Air Madrid en agosto de 2006 presentó un "importante" desequilibrio patrimonial cercano a unos 94 millones de euros.
Los abogados presentaron la incorporación a la lista de acreedores de varias empresas proveedoras de Air Madrid, que podría haber contraído deudas con ellas por impagos después del 18 de diciembre. La empresas citadas son Repsol, a la que adeudaría 3,7 millones de euros por consumo mensual de combustible pendiente, Cepsa (1 millón de euros), LSG Sky Chefs España (1,3 millones), y otras empresas como El Corte Inglés Viajes, Aire SL Iberia Viajes y Auditorium de Madrid.
El juez Alberto Arribas cuenta ahora con un plazo de siete días para declarar la apertura o no del concurso necesario de Air Madrid. Esta decisión es compatible con la apertura del concurso voluntario solicitado por la empresa, que podría declararse de forma inmediata si el juez niega la solicitud del necesario.
ALA Y AECA ESTUDIAN LA LEGALIDAD DEL ACUERDO DE FOMENTO
Entretanto, la Asociación de Líneas Aéreas (ALA) y la Asociación Española de Líneas Aéreas (AECA) están estudiando la legalidad del acuerdo al que han llegado el Ministerio de Fomento y la aerolínea alemana LTU para la cesión de algunas rutas que operaba Air Madrid.
Según fuentes de ambas asociaciones consultadas por Efe, representantes de estas asociaciones analizarán, entre otras cuestiones, si los derechos de aterrizaje y despegue (slots) concedidos por AENA a Air Madrid pueden cederse a otra compañía.