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Domingo, 04 Febrero 2007 17:05

La asociación de PLUNA con capitales privados: por el desarrollo de una aviación nacional

Por D. Gil

Columnista invitado

Montevideo – 05 FEB 07 – Portal del Uruguay.

La asociación de PLUNA con capitales privados, sorprendente por la forma en que fue presentada, no tiene en realidad nada de sorprendente. PLUNA nació como una empresa privada, luego, por su necesidad endémica de capital, se asoció al Estado y se transformó en una Sociedad de Economía Mixta y, a principios de los años cincuenta, por ley, se transformó en un Ente Autónomo. Luego, otra vez por un fuerte endeudamiento, volvió a ser una empresa privada con capitales mixtos. Hoy sigue en ese status pero, casi en exclusividad, con capitales públicos y, una vez más, la falta de capital lleva a buscar un nuevo socio.

Bienvenidos sean los inversores y ojalá, por fin, se encuentre la fórmula eficiente.

Pero si bien la presentación de la solución, con mayoría importante del capital privado, socio ya determinado y selección sin puja pública, pudo sorprender pero justificarse dada la gravedad de la situación, lo que no debería propiciarse es un entorno reglamentario que otorgue al inversor beneficios que no fueron explicitados a los potenciales o reales interesados que no fueron seleccionados.

Otra vez se habla en algunos medios de la "empresa de bandera" y de los privilegios que ello reporta.

Cuando la mayoría de las legislaciones establecían la exclusividad, en la titularidad de derechos de tráfico de un Estado a una única empresa, pública, privada o mixta, la expresión era correcta. Pero hoy son excepcionales los países que tienen un solo operador internacional. En defensa de los usuarios, como forma de asegurar las comunicaciones o como estrategia para fortalecer el sector con varios actores, lo cierto es que la múltiple designación es hoy la constante en el mundo. Cuando un Estado designa a más de una empresa para explotar los derechos comerciales que a ese Estado pertenecen, ¿cuál es la "línea de bandera"?. La legislación nacional no establece ese carácter, si bien en la práctica, por una interpretación discutible de algunas normas, y una picaresca reglamentaria, se ha dado siempre protección a la empresa con participación estatal, sobre cualquier emprendimiento privado.

Puesto que no hubo licitación, ni remate, ni llamado con bases públicas, pero de cualquier manera se seleccionó un inversor, luego de negociaciones que sólo conocen algunos pocos, sería bueno que el estatuto al que deberán ajustarse los otros operadores nacionales, el que ya está en el mercado y los que lo puedan intentar en el futuro, fuera de conocimiento público. Y que los criterios de interpretación y de aplicación de las normas vigentes, fueran conocidos y claros. Al Uruguay le haría bien que no se formara un monopolio de hecho cuando sus titulares no pasan de ser un nombre de fantasía, pero sobre todo, le haría bien a los usuarios y a las actividades vinculadas al transporte.