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Domingo, 19 Noviembre 2006 18:56

ZONA EDITORIAL - La noticia y el comentario; los fees.

Montevideo - 20 NOV 06 - Portal del Uruguay.
Resumimos la noticia aparecida en el portal de Hosteltur y sobre ella, elaboramos el comentario que nos merece, de cara al mercado local:

El juez del Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid ha resuelto desestimar la demanda de Facua contra las compañías Iberia, Spanair y Air Europa por considerar que el cobro de ese cargo no es una “cláusula abusiva”, como argumentaba la asociación de consumidores. La sentencia puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Madrid.

En su resolución, el juez Santiago Senent concluye, en relación a los fees “que tal cláusula no es abusiva puesto que no contraría las exigencias de la buena fe ni causa, en perjuicio del consumidor, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato". Asimismo, señala que el cargo en cuestión se trata “de una parte del precio del billete, que se ha desglosado para especificar el valor que se imputa a un servicio que presta el transportista, servicio vinculado a una obligación principal del contrato, como es la emisión de billete

El origen de este juicio es la demanda interpuesta por la Federación de Consumidores en Acción (Facua), que consideraba que los fees constituyen una cláusula abusiva del contrato de transporte.
 
Buena noticia para las agencias de viajes

La resolución del Juzgado, si bien está pendiente de si Facua recurre, es una buena noticia para las agencias de viajes, ya que la ilegalización de los fees las pondría en desventaja competitiva ante las compañías si estas dejaran de cobrarlos.

A este respecto, cabe recordar que durante el juicio, los abogados de las tres compañías coincidieron en argumentar que el cobro de los fees por parte de las aerolíneas “evita la competencia desleal con las agencias de viajes”.

José Manuel de la Rosa (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.)

La aplicación del fee.

Nuevamente, debemos referirnos a nuestra nota "Asesorías,lo que se viene"; en una parte de la misma decimos:"La aplicación del fee en la venta de pasajes aéreos, de alguna manera , marca el punto de inflexión quizás más señalado, desde Thomas Cook hasta nuestros días".
Hasta hace muy poco tiempo, el principal ingreso de los agentes de viajes, en el mundo entero, era la comisión. Al parecer, esto cambiará, ante su irreversible desaparición, surge el cobro del fee. El laudo del juzgado español al que hacemos referencia con la nota de Hosteltur, además de jurisprudencia, sienta validez en lo que hace a las prácticas "admitidas" por los clientes.
En Uruguay, las agencias deberán reaccionar y posicionarse ante la nueva coyuntura; el inexorable paso del tiempo y la megacomunicación que ha despertado Internet en todas las áreas, hace que se mire, al menos, con extrañeza, el silencio corporativo de los otrora, guías del mercado.


Sergio Antonio Herrera
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