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Domingo, 31 Agosto 2008 22:27

Análisis jurídico de la coyuntura de PLUNA; primer abordaje

por la Dra. Cristina Casciano
Hace  un año el Tribunal de Cuentas de la República se expedía acerca  de los acuerdos para la suscripción de acciones entre Pluna SA.   El Estado Uruguayo, Pluna Ente Autónomo y Leadgate  Investment.Corp de



fechas 12 de febrero y 13 de junio de 2007. El Tribunal de Cuentas dictaminó en contra de los acuerdos efectuados. Tengamos en cuenta que este órgano se expide sobre la legalidad no el mérito. Y, que las contrataciones de una sociedad de economía mixta, el propio Tribunal lo resalta, no se rigen estrictamente por el régimen de los art.33 y ss del Texto Odenado de Contabilidad y Administración Financiera TOCAF. No obstante, y a nuestro juicio asiste  razón al tribunal cuando afirma que razones de buena administración, como las llevadas correctamente  en el proceso de capitalización por el Estado para la creación del Nuevo Banco Comercial, se hace  necesario el llamado a una licitación pública internacional o por lo menos que el proceso se rija por principios de publicidad e igualdad de oferentes, extremos que no se aplicaron en el procedimiento de la venta del 75% del capìtal accionario a favor de Leadgate  A esto se suma que el Estado garantiza obligaciones conocidas y no conocidas sin autorización legal previa Y al respecto dice ese órgano en la parte expositiva
 que por otra parte, el Estado para garantizar obligaciones de una sociedad anónima de derecho privado de la que es titular de la minoría del paquete accionario, en tanto la operación implica disponer en forma actual y futura del patrimonio estatal, requiere la sanción de una ley con iniciativa del Poder Ejecutivo, por lo que resulta ilegítimo cualquier acto jurídico infravalente a la Ley, que disponga un gasto sin previsión legal de los recursos para afrontarlos (Artículo 86 de la Constitución de la República);)numeral 11=
Sería muy extenso para esta nota hacer un informe exhaustivo de lo dispuesto por el órgano de contralor, pero si queremos resaltar algunos aspectos que nos parecen relevantes  en la operación y con referencia a la legitimidad o no de la suspensión de la línea a Madrid. En primer lugar quiero señalar que desconozco el plan de negocios, a que se refiere el Tribunal así como la prensa, por lo tanto circunscribiré mi opinión al dictamen y a lo expresado por el Estudio Ferrere patrocinante de Leadgate publicado en el sitio www.ferrere .com
Sin duda y esto no es un razonamiento exclusivamente jurídico, sino que lo impone el sentido común para hacer una operación de esta magnitud el inversor debe conocer la realidad económica-financiera de la empresa,. En la parte expositiva el Tribunal de Cuentas dice  en el resultando III    A su vez, Leadgate, junto con los consultores externos, y por un plazo de hasta 60 días, a contar desde el 12 de febrero de 2007, debió realizar un “Due Diligence” en PLUNA  Due Diligence debe traducirse como Auditoria Interna y más adelante estudiando y teniendo a la vista los acuerdos y antecedentes, el Tribunal agrega en el resultando 14) que Leadgate, declara (cláusula 3), que el resultado de la Due Diligence es satisfactorio, con excepción de las regularizaciones pendientes, que serán resueltas a satisfacción de las partes, y consisten en:
a)    U$S 4:210.000, por provisión de mantenimiento y devolución de aeronaves bajo leasing;
b)    U$S 732.000, por faltantes en el inventario de bienes de uso realizado mediante muestreo, cifra que se ajustará;
c)    U$S 113.000, por pasivos omitidos o no declarados; y
U$S 168.000, por insuficiencias de provisión de licencias no gozadas, salarios vacacionales y horas a compensar en las sucursales

Es de suponer que esta due diligencie o Auditoría interna se extendió a toda la situación financiera de la empresa y a cada uno de sus rubros, incluídas la rentabilidad de las líneas. Insistimos que desconocemos el plan de negocios, pero todo plan de reconversión se realiza bajo el supuesto de una auditoría previa y de la optimización de los recursos, para dentro de las normativas vigentes y el estado de situación de la empresa  se pueda lograr una mayor o sostenida rentabilidad, de acuerdo a la inversión proyectada.
Leadgate declara que el resultado de la auditoria es satisfactorio a excepción de los ítems que señala expresamente y que se resolverán a satisfacción de las partes. En esos ítems no se señala como deficitaria la línea Montevideo-Madrid.
A los dichos del Tribunal queremos agregar una cita en la pagina del Estudio Ferrere que dice   Ferrere Abogados  representó a Leadgate, en este negocio atípico, en el cual el gobierno quería cerrar todos los detalles del negocio antes de comenzar el proceso de due diligence y por eso tuvimos que negociar y concluir el negocio sin conocer detalles sobre la situación de la empresa 
Sin duda esta opinión privilegiada de quienes fueron los patrocinantes de Leadgate se opone a la propia declaración del  nuevo  accionista relatada por el Tribunal de Cuentas.
No obstante , de la información provista, surge que la auditoria se hizo por la consultora CPA- Ferrere, , como lo noticia la Cámara Nacional de Comercio y Servicios, el 31 de agosto de 2007. Allí se informa  que el grupo inversor con la asistencia de Lufthansa Group Technics y la norteamericana Seabury Group, especializada en asesoramiento financiero y reestructura de empresas, en especial en los segmentos de servicio de transporte aeronáutico, sería la encargada de la reestructuración empresarial y que se había comenzado con la due diligence, auditoria interna de las Gerencias Comercial, Mantenimiento, Aeropuerto, Recursos Humanos , Operaciones y Financiera.
Este hecho no es menor pues la advertencia por el grupo Leadgate, en esa instancia, del déficit de una ruta sumamente  importante para el País la línea Montevideo-Madrid , hubiera podido variar el resultado de las negociaciones, o pactarse al respecto, como se hizo en otros rubros deficitarios.
No obstante, señalamos que al momento de hacerse la auditoría, y paralelamente, ya se indicaba por el propio grupo inversor que para transformar la empresa en una aerolínea eficiente se adoptaran alguna iniciativa implementadas por las aerolíneas low cost 
De las fechas indicadas y de las conclusiones vertidas por el vocero del grupo inversor  parece relacionarse que independientemente del resultado que se auditara ya estaba definido el modelo a  aplicar.
También señalamos que los resultados de esta auditoría fueron difíciles de conseguir hasta por la propia Comisión de transporte de la Cámara de Senadores, dado que estaban anexados todos los documentos a excepción de esta due diligence, por la cual el Estado debía hacer una erogación de U$S 28.000.000. Se argumentaba que esta auditoria al haber sido hecha privadamente por Leadgate no era un documento público, aunque por lo aseverado por algunos senadores y lo informado por el tribunal gran parte de sus costos fueron pagados por el propio Estado, esto consta en el distribuído del Poder Legislativo 2015_007
En otro orden  con referencia a factores externos al momento del cierrre del acuerdo, tales como la suba del  precio del combustible  se estableció a favor de Leadgate un subsidio por 3 años en los siguientes términos

 A su vez, para permitir a PLUNA competir en igualdad de condiciones, el Estado se obliga por tres años, a compensarla por las compras realizadas a ANCAP, por las diferencias emergentes, comparándolas respecto al menor precio adquirido en Aeroparque o Ezeiza. Dicha diferencia estará limitada a una diferencia de precio de un 5%. El Estado se compromete además, a que el precio máximo de ANCAP, de referencia a efectos del cómputo de este porcentaje, no superará el precio anual indexado por el precio internacional del Petróleo, según el índice Brent. En caso de superarse dicho límite, las partes negociarán estas condiciones. Asimismo, el Estado debe mantener la garantía otorgada a través del Ministerio de Economía y Finanzas a favor del BROU, hasta la fecha en que la misma sea sustituida por PLUNA, no pudiendo ser posterior al 30 de junio de 2009
Resaltamos esta previsión en el acuerdo pues es una concesión más que hace el  Estado, que puede ser cuestionada o no jurídicamente, pero en la realidad significa una apoyo extra a los nuevos accionistas y en definitiva a Pluna SA para viabilizar su sostenibilidad empresarial. Es decir se tiene en cuenta expresamente el precio del petróleo, insumo de relevancia en cualquier empresa aeronaútica, y se dispone una subvención por el plazo de 3 años.
En consecuencia, creemos que esta previsión resulta fundamental para cualquier acción que Pluna SA como empresa adopte para el mantenimiento de lineas, no pudiendo esgrimir la suba del petróleo para justificar medidas, de suspensión o reducción , de aquellas, en función a que este coste es subvencionado

Con referencia a las Rutas, y siendo el Estado el soberano en cuanto al espacio aéreo nacional  se obliga según el resultando 8 del referido dictamen a  otorgar las rutas que se encuentran detalladas en el Plan de Negocios, facilitar y colaborar en el otorgamiento de permisos y frecuencias disponibles, establecer el Fondo de Reserva para afrontar pasivos por reestructuraciones, realizar esfuerzos para obtener una recategorización del País a Categoría I
Sin duda en el Plan de negocios, que desconocemos deben estar previstas todas las rutas necesarias  para actuar las líneas que se consideraban y pactaban las partes como viables para ejecutar. Y sin duda los especialistas en Derecho aeronaútico podrán abundar sobre  lo  pactado en referencia a propender a  una recategorización del País a Categoria I      

Este negocio llevó a una serie de garantías  otorgadas por las partes, que sería muy extenso analizar en este artículo, pero resaltaremos algunos de los fundamentos con respecto a este punto, analizados por el Tribunal de Cuentas en los considerandos 19 y 20 del informe que expresan
En efecto, adviértase que el Estado que posee el 25% del capital social, garantiza en forma soberana el 100% del monto a financiar para la adquisición, arrendamiento y leasing de aeronaves a quien PLUNA y  los “nuevos accionistas” designen, en tanto  éstos últimos poseerán el 75% del capital social. Es de hacer notar, que el presente régimen de garantía estatal, se continúa hasta que se complete el Plan de negocios
20) que en idéntico sentido, el desequilibrio en las prestaciones pactadas, se mantiene en la medida que el Estado se obliga, paga, garantiza la financiación de la adquisición de aeronaves y subsidia el precio de combustible adquirido por PLUNA a ANCAP (esto  último por tres años), en tanto los “nuevos accionistas”, asegurándose el control total de la distribución de dividendos, otorgará fianza solidaria y subsidiaria a la hipoteca o fideicomiso de garantía sobre las aeronaves adquiridas, sólo por el 75% del valor de la o las operaciones que se garantizan
En referencia a este punto, huelga ahondar en argumentaciones jurídicas, no obstante debemos decir que el Ministro de Transporte  ha dicho que el Estado es portador del 100% de las acciones de Pluna SA dado que se han depositado en el Ministerio de Transporte todas las acciones del nuevo accionista en concepto de garantía.
Sin duda para ser propietario del total del capital accionario, y en caso de incumplimiento de obligaciones pactadas deberán accionarse las instancias necesarias a tal fin.
Esto pretendió ser  un análisis parcial de los acuerdos realizados, enfocados desde el punto de vista jurídico y fundamentalmente desde el contralor efectuado por el Tribunal de Cuentas.
No obstante y saliendo del análisis jurídico, entiendo que la razonabilidad indica que  desde el gobierno se actuará para llegar a una componenda entre los socios, a punto de partida que una apuesta fuerte y un compromiso económico y financiero importante del Estado, que propendió a recuperar y sostener la viabilidad de la aerolínea de bandera, le permiten exigir se mantenga la línea Montevideo –Madrid,  dado que son líneas estratégicas que no se pueden deshabilitar , sin más, desconociendo o no responsabilizándose de sus consecuencias para el país.
Es la única línea que nuestro país tiene y desde hace 30 años de entrada a Europa, hecho no menor, ya lo veamos tanto desde el punto de vista comercial, como desde un ámbito subjetivo.
Detrás de todo este estricto rigor jurídico, no desconocemos la existencia de personal calificado, capacitado, que ha operado esta línea internacional con riesgo 0 desde hace décadas, y también pensamos en su destino.
A veces la nueva vista empresarial, las nuevas modalidades de gestión, esa forma a veces seductora y moderna de gestión, prioriza otras opciones dejando de  lado estas consideraciones a las que nos referimos y que no son ni menores ni débiles y que deben tenerse en cuenta al momento de tomar decisiones.
Un país que pretende estar integrado totalmente al mundo, no puede permitirse que su aerolínea de bandera no mantenga una línea directa a Europa, y que dependa del acuerdo con otras empresas de otros países para llegar a aquel Continente. Sin entrar al detalle de costes empresariales y de los pasajeros, y de la prescindencia de nuestra  capacitada fuerza de trabajo, entendemos este hecho como inadmisible.
Por eso confiamos, en el arribo de un acuerdo directo entre los socios quizás esto, se pueda lograr antes de excitar la instancia arbitral.
Todos  somos el Estado, y todos sufriremos las consecuencias de no arribarse a un acuerdo   
Las informaciones que están llegando parecen indicar que el gobierno está haciendo esfuerzos para concretar un acuerdo, esperemos llegar bien a destino.

Hace unos días en canal 10 la excelente periodista Blanca Rodriguez le preguntaba al Presidente de la Secretaría Iberoamericana Cr. Enrique Iglesias, en que podía destacarse nuestro país en el contexto regional e internacional? El Cr. Iglesias. Contestó . Buena pregunta  pensó y dijo Uruguay tiene el valor de ser un país serio.- Tratándose de comercio internacional, nosotros pensamos se referiría  a un producto o la calidad de los técnicos., el Cr Enrique Iglesias nos sorprendió con su total sabiduría conceptualizando nuestra visión en el exterior como un país que honra sus compromisos, buen pagador de sus deudas, con una plaza financiera estable, respetuoso del Estado de Derecho, que lo posicionan como  fiable y serio en el contexto internacional.
Si ese es nuestro diferencial positivo en el exterior, creemos que lo debemos seguir manteniendo desde adentro con operaciones correctas, con la selección de operadores adecuados en la cogobernanza de nuestras empresas, y si de estas asociaciones surgen dificultades, laudarlas a la interna de la mejor forma, manteniendo ese diferencial positivo que tiene nuestro país y que lo distancia de las soluciones que adoptan otros países en la resolución de  similares  conflictos.
Apuesto a que una vez más se impondrá este rasgo , y podremos arribar a una solución responsable y acertada para el país, para la empresa y para todos nosotros que también integramos el Estado.

Acerca de la autora

La Doctora Cristina Casciano es abogada y escribana. Tiene una larga carrera en el Estado y ha representado al país a nivel internacional en diversas oportunidades: asesora de la Dirección Nacional de Empleo y de la Junta Nacional de Empleo. Ha trabajado en numerosos proyectos y en la elaboración de programas como Projoven, Procladis, Promujer, Trabajadores Rurales, Emprende Uruguay, etcétera.
Coordinadora del equipo técnico, de enlace con BROU para la regulación del acceso al crédito de beneficiarios en programas de creación de pequeñas y microempresas. Elaboración de Reglamento del Crédito.-
Postulante para beca sobre Organizaciones Voluntarias y No gubernamentales en el Estado de Israel. Curso sobre Organizaciones Voluntarias y No gubernamentales realizado en el Centro de Capacitación Golda Meier (Haifa- Israel).Calificación: Excelente
Jornada en Yad Sarah sobre rehabilitación profesional.
Taller sobre “Formación Profesional con enfoque de género en las estrategias de –Desarrollo Local”. Calidad :Expositora. Uruguay. Florida (organizado por Cinterfor/OIT ). Creación de la Cartelera Solidaria y Guía de Solidaridad ciudadana.
Coordinadora del Programa de Voluntariado - Coordinadora de Capacitación de Voluntarios Adultos (ACJ)
Investigación y  preparación de informe sobre erradicación de trabajo infantil  para la Precumbre de la Infancia (Panamá)
Curso sobre Indicadores de Impacto y Gestión en la Evaluación de Proyectos Sociales. Ecuador
Sub-Coodinadora del Programa de Fortalecimiento de Educación Técnica (Programa Bid 799/OC-UR
Curso sobre Armonización de Políticas Económicas y Sociales con un enfoque hacia la integración (BID-Cooperación
Seminario Técnico sobre seguimiento de las Cumbre de Desarrollo Social de Copenhague, para América Latina, realizada en Ecuador. Quito. Coordinadora de los países del MERCOSUR.
Asesora, encargada de la elaboración de pliegos de condiciones particulares y generales de carácter internacional, (Programa de Fortalecimiento de la –Educación Técnica y Formación Profesional financiado por el BID )
Delegada oficial en la 4ta. Conferencia de Naciones Unidas sobre   la Mujer, realizada en Beijing.
Invitada por UNIFEM al seminario sobre “Mujer e Integración Regional” San Pablo
Seminario sobre “Igualdad de Oportunidades Género y Razas. Brasilia. 1997 (organizado por OIT)
Integrante de la Red de Mujeres en Carrera Integrante de la Red de Mujeres relacionadas con la ciencia y tecnología (IICA)
Investigación y presentación del Informe Uruguay sobre políticas sociales en la ONU (Nueva York)
Seminario “Educación y Formación Profesional”, realizado en el  Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Calidad Expositora. (Buenos Aires, Argentina)
Curso sobre “Certificación Ocupacional y Análisis de Puestos de Trabajo”realizado en San Pablo Brasil (OIT)
XXX Reunión de la Comisión Técnica de  CINTERFOR/OIT. Participación en calidad de expositora de los países integrantes del MERCOSUR. San José de Costa Rica.
1er. Seminario Latinoamericano y del Caribe sobre Educación Técnica y Formación Profesional, UNESCO-Orealc. Montevideo.
Segundo Seminario sobre Formación Profesional Dual en la Republica de Alemania y en la República Oriental del Uruguay. Calidad Expositora
Seminario sobre “Proyección del Empleo en los Países del MERCOSUR, celebrado en la ciudad de Asunción del Paraguay.