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Martes, 21 Agosto 2007 17:51

Humo gris entre Otau Ofp y la empresa

 MVD 22 AGO 07 PDU

En el marco de la reunión tripartita,celebrada en el día de ayer en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,

se podría decir, que se llegó a un acuerdo que se podría calificar como de "humo gris". No es blanco porque no es definitivo y no es negro porque deja la puerta abierta a la negociación en momentos en que los ánimos estaban muy caldeados y se hablaba del retiro del sindicato de la mesa de negociación.

Dicho convenio instrumenta las figuras de Licencia sin goce de sueldo y Seguro de Paro voluntario.

Existe una cláusula que asegura al trabajador que opte por alguna de las dos figuras transitorias, el retorno a su puesto de trabajo.

Para tomar conciencia en que grado están las negociaciones, si hablamos de confianza, podemos adelantar que el sindicato propuso, para el caso que la empresa decida unilateralmente, al final del período de licencia o paro, no reintegrar a algún funcionario y por el contrario, tome la determinación de despedirlo, al importe de indemnización al que está obligada por ley a abonarle al despedido, deberá multiplicarlo por cuatro.

En el local sindical, en la mañana de hoy, hora 10, en Mesa Directiva ampliada, se informará a los afiliados sobre el convenio al cual hacemos referencia.

El siguiente, es el texto enviado por la empresa, corroborando lo informado anteriormente:

COMUNICADO DE PRENSA

PLUNA firmó convenio laboral con el sindicato O.T.A.U.-O.F.P

Montevideo, martes 21 de agosto de 2007. El convenio con el sindicato O.T.A.U.-O.F.P y las autoridades de PLUNA S.A. establece:

Seguro de paro

Sólo se enviará al seguro de paro a los trabajadores que manifiesten su acuerdo por escrito.

Finalizado el plazo de envío al seguro o cumplido el máximo legal, la empresa garantiza el reintegro del trabajador, en las mismas condiciones que si hubiera permanecido en su puesto durante ese lapso.

Si el reintegro no se hiciera efectivo, PLUNA se compromete a abonar al trabajador cuatro veces el monto que le correspondería por concepto indemnización por despido.

Licencia sin goce de sueldo

· Se otorgará licencia sin goce de sueldo, en la medida de las posibilidades funcionales de PLUNA, a aquel trabajador que lo solicite, por un término a acordar, por escrito, garantizando que una vez finalizada será reintegrado a su puesto de trabajo.

· En caso de no realizarse el reintegro, la empresa se compromete a abonar al trabajador el equivalente a cuatro veces el monto que le correspondería por concepto de indemnización por despido.

Para PLUNA este acuerdo demuestra fehacientemente que el diálogo y la negociación son el camino que permitirá a la aerolínea lograr los objetivos de crecimiento y expansión regional.