por Luis Alejandro Rizzi
desde Buenos Aires
Esta cuestión de la prensa y el periodismo ha sido puesto en el tapete
como consecuencia de la reciente sanción de la ley de Servicios de
comunicación audiovisual en la República Argentina.
No entraré en el análisis de las alternativas que tuvo el proceso del tratamiento del proyecto enviado por el Poder Ejecutivo ya que las presuntas anomalías denunciadas deberán ser investigadas y resueltas por el Poder Judicial y adelantar opiniones sobre si esas anomalías fueron tales significaría invadir su campo de acción. Implicaría un prejuzgamiento impropio.
Si se puede opinar sobre lo que llamaríamos vicios éticos y morales que sustancialmente consistieron en la falta de un verdadero debate sobre el papel de los medios y sobre presiones ejercidas sobre algunos legisladores que incluso lo han reconocido públicamente.
La presión sobre los legisladores tiene dos dimensiones una la delictual sobre la que se pronunciará por si o por no algún juez de la nación y la ética y moral que puede ser ponderada por cada uno.
En mi opinión un legislador como un juez como cualquier funcionario debe obrar según sus convicciones fruto de su idoneidad, dentro de los márgenes de la ley, entendida esta en sentido sustancial teniendo en vista la promoción del bien común.
Cuando el funcionario público, llámese juez, legislador o desempeñe cualquier otro cargo incluso el PODER EJECUTIVO, no obra en función de esos principios sino en base a conveniencias o intereses personales, sectoriales o facciosos, podrá no actuar ilegalmente pero si estaría violando principios éticos y morales.
Es cierto la pauta moral o ética variará según los valores que respete cada mortal, pero como lo explicaba ROBERT NOZIK en general la gente sabe lo que tiene que hacer y tiene una noción muy clara del bien y del mal y dentro de esta consigna, no por genérica menos válida, no cabe duda que quien ejerce la función pública en su propio beneficio actúa sin ética ni moral.
Estas cualidades del obrar humano no se determinan en los tribunales de derecho o de ética, sino se deben ponderar individualmente según lo que llamaría el patrón ético y moral de cada sociedad o comunidad.
En este campo el periodista por medio de la prensa puede y debe emitir sus opiniones para que la gente común pueda acceder al derecho a la información.
La variedad de medios, condición indispensable para hablar de prensa y periodismo, le permitirá al ciudadano o habitante común elegir el medio o medios en los que confía, pensar sobre la variedad de hechos y opiniones y hacerse su propia idea sobre el tema en debate. Este es el modo de acceder al derecho a la información.
La ley recién sancionada dice al respecto:
La actividad realizada por los servicios de comunicación audiovisual se considera una actividad de interés público, de carácter fundamental para el desarrollo sociocultural de la población por el que se exterioriza el derecho humano inalienable de expresar, recibir, difundir e investigar informaciones, ideas y opiniones.
La constitución a su vez garantiza en el artículo 14 el derecho a todos los habitantes
de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa
.
Esto significa que los contenidos divulgados por los diferentes medios incluido internet, no pueden ser controlados o condicionados por el poder político del estado, no solo previo a su difusión sino post.
Solo el Poder judicial, es el único poder del estado que puede juzgar si el eventual contenido puesto en tela de juicio afecta la legalidad o el derecho de alguna persona e incluso es el único poder que estaría habilitado para establecer la pena de inhabilitación o pérdida de la respectiva licencia si se trata de un medio que la requiere como es el caso de las emisoras de radio y televisión.
El estado que concede las licencias solo podría retirarlas por incumplimientos formales del concesionario, mas no por el contenido de sus emisiones.
Significa esto que la prensa en general está mas allá del derecho, cabe preguntarse.
Obviamente la respuesta es negativa ya que ningún habitante de ningún país puede estar excluido del sistema legal como lo pretendió el primer ministro Silvio BERLUSCONI mediante la sanción de la llamada ley ALFANO, ahora declarada inconstitucional, que le impedía ser juzgado por su actuación pública.
Las opiniones o informaciones difundidas por los periodistas son ponderadas por los destinatarios que nos leen, escuchan o ven y por los jueces cuando mediante la prensa se lesionan derechos de terceros, sean estos terceros personas privadas o funcionarios públicos.
El poder político tiene vedado ejercer esas funciones ya que precisamente una de las misiones de la prensa es la de facilitar El ejercicio del derecho de los habitantes al acceso a la información pública; como lo dice la propia ley sancionada, por lo tanto resultaría incongruente que el estado pudiera penalizar o impedir o reprimir la difusión y ponderación de la información pública mediante la descalificación de los contenidos.
Como ocurre con todas las actividades que desarrolla una persona, sea a titulo individual o bajo alguna forma societaria o asociativa, deben realizarse respetando ciertos patrones como la de ser un buen hombre de negocios en el caso del empresario de medios o un buen periodista en nuestro caso.
La valoración de estas cualidades se expresa mediante la fidelidad de la gente que como lo decía antes, sabe distinguir entre el buen periodista y el mal periodista, entre la empresa de medios que respeta las reglas del oficio y las que no.
El estado debe garantizar la posibilidad que existan variedad de medios y que todos sean públicos o privados respeten estos principios básicos.
En definitiva la prensa expresa la realidad, hay lamentables excepciones como el caso de las prensas adictas que en verdad no se las puede calificar como tales sino como agencias de propaganda que es otra cosa.
Cabe la misma ponderación para la prensa crítica.
La crítica significa en cuanto nos interesa para esta nota, examen y juicio acerca de algo, por tanto el juicio crítico puede ser positivo o negativo, que nada tiene que ver con el criterio de prensa adicta u oficialista con el de prensa opositora como opuesto de aquella.
En ese sentido creo que fue SAN PABLO quien dijo que la verdad en boca del impío sigue siendo verdad
La ley recientemente sancionada, la que si bien he leído aun la tengo en proceso de estudio, tiene un pecado avanza sobre los contenidos de modo muy difuso lo que hace presumir que en la intimidad de sus redactores se pensó mas en promover una prensa acrítica, que es lo mismo que decir elegantemente, una prensa comprensiva de los intereses del gobierno de turno, el actual o el que venga.
Nos quedaría la cuestión de la prensa partidaria, que es aquella que promueve cierto tipo de ideas y en consecuencia apoya a determinados partidos políticos. Esta prensa es legítima siempre y cuando se respeten los principios éticos y morales de la información.
El periodista no debe confundir su misión, tiene la obligación de hacernos pensar o ayudar a pensar en uno o varios temas explicándolos, jamás debe condicionarnos en el como pensar.
Este sería el delito de lesa prensa
Me hago una pregunta final, ¿es necesaria una ley de medios?